TRÁMITES QUE OFRECEMOS
Consultas personalizadas presencial u online. Analizamos minuciosamente cada caso para ofrecer el mejor asesoramiento.
El precio de la consulta se descuenta de los honorarios del trámite finalmente contratado.
30€ IVA INCLUIDO
Es una autorización de residencia temporal que se otorga excepcionalmente a las personas extranjeras que residen en España de manera irregular. Puede ser solicitada con:
- Permiso de trabajo por cuenta ajena: oferta o promesa de contrato laboral.
300€ IVA INCLUIDO
- Permiso de trabajo por cuenta propia: acreditando los medios económicos mediante la creación de un negocio.
430 IVA INCLUIDO
Es una autorización de residencia temporal que se otorga excepcionalmente a las personas extranjeras que residen en España de manera irregular y que cumplan los siguientes supuestos:
- Sea padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad española o que preste apoyo a persona discapacitada.
- Cónyuge o pareja de hecho acreditada de persona de nacionalidad española, ascendiente de 65 años o menor de 65 años a cargo, descendiente menor de 21 años o mayor de 21 años a cargo descendiente de persona de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho.
- Hijos (as) de padre o madre que originariamente hubieran sido españoles.
300€ IVA INCLUIDO
Es una autorización de residencia temporal que se otorga excepcionalmente a las personas extranjeras que residen en España de manera irregular y que desean realizar una formación acreditada para el acceso al empleo.
300€ IVA INCLUIDO
Es un trámite imprescindible que deben realizar las personas que quieran disponer de autorización para llevar a cabo actividades lucrativas por cuenta ajena o por cuenta propia o simultanear ambas.
Por tanto, si dispones de un permiso de trabajo por cuenta ajena y quieres iniciar una actividad económica por cuenta propia, debes solicitar previamente la compatibilidad de permisos, y viceversa.
240€ IVA INCLUIDO
Se trata de la forma más utilizada, pueden solicitar la nacionalidad española los extranjeros que hayan residido legalmente y de forma continuada durante 10 años, este período exigido se puede reducir si se encuentra en una de las siguientes circunstancias:
- Quienes obtuvieran la condición de refugiado 5 años.
- Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí. 2 años.
- Quien haya nacido en territorio española, quien en el momento de la solicitud lleve 1 año casado con un español (a), otras circunstancias, 1 año.
360€ IVA INCLUIDO
Deben tramitar esta autorización los familiares de ciudadanos españoles u otro estado miembro comunitario que deseen residir en territorio español por más de 3 meses.
450€ IVA INCLUIDO
- AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR
- AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA AJENA
- AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TRABAJO POR CUENTA PROPIA
- RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN O DE LARGA DURACIÓN-UE
- SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN PARA TRABAJAR
- ARRAIGO LABORAL
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