¿ESTOY OBLIGADO A PRESENTAR DECLARACIÓN DE LA RENTA?

OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIÓN DE LA RENTA

Todos los años al iniciar el periodo de presentación de la declaración de la renta nos preguntamos si estamos obligados a presentarla o no. Y para resolver esta duda estamos nosotros, lee atentamente y sabrás si estás obligado o no.

Lo primero e imprescindible es tener claro el origen de nuestros ingresos o rendimientos, y es que según el origen de ellos debemos tener en cuenta unos límites u otros. Vamos a analizar la obligación a declarar según el origen de los rendimientos.

Con carácter general están obligados a presentar declaración por el IRPF, quienes hayan obtenido en 2021 rentas superiores a las siguientes cuantías:

Rendimientos de trabajo

1 -. Límite de 22.000 € cuando procedan de un único pagador. También se aplica si proceden de varios pagadores y:

a) La suma del segundo y resto de pagadores no supera los 1.500 €.

b) Eres pensionista cuyos rendimientos son prestaciones pasivas y cumplen los requisitos marcados por la ley del IRPF.

2 -. Límite de 14.000 € anuales cuando:

a) Procedan de varios pagadores y la suma del segundo y resto de pagadores supere los 1.500 €.

b) Se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos (salvo que estas últimas se perciban por decisión judicial).

c) El pagador de las pensiones no esté obligado a retener (pensiones procedentes del extranjero).

d) Sean rendimientos de trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales

Límite conjunto de 1.600 € anuales para los rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones, intereses de cuentas…) y ganancias patrimoniales (por transmisiones de bienes, de acciones y fondos de inversión, ciertos premios…) sujetas a retenciones o pagos a cuenta.

Rentas inmobiliarias imputadas

Límite conjunto de 1.000 € anuales en rentas imputadas por la propiedad de ciertos inmuebles no arrendados y distintos a la vivienda habitual. Tales como Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas y subvenciones para la compra de viviendas de protección oficial o de precio tasado.

Rentas procedentes de actividades económicas

Los rendimientos superiores a 1.000 €, también cabe remarcar que el simple hecho de causar alta en el régimen especial de trabajadores autónomos conlleva la obligación de presentar el modelo correspondiente del pago fraccionado trimestralmente.

También estarán obligados a presentar declaración

Quienes quieran beneficiarse de:

a ) Deducción por inversión en vivienda habitual (para adquisiciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012).
b) Aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
c) Deducción por doble imposición internacional.
d) Reducciones en la base imponible por aportaciones a sistemas de previsión social.

En todos los casos anteriores, pese a no estar obligados a presentar nuestra declaración de la renta, si esta resulta negativa y puede generar una devolución a nuestro favor, la devolución solo se obtendrá mediante la presentación de nuestra declaración de la renta.

 

FUENTE: AEAT

´´ Te recomendamos que consultes con un profesional para que puedas obtener el mejor resultado posible y evitar errores en tu declaración de la renta ´´
Óscar Paricio de Jesús
Asesor Fiscal

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