AYUDAS A LA CREACIÓN, MEJORA Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA
El Ayuntamiento de Huesca a publicado y abierto el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas en tres líneas diferentes, las cuales vamos a explicar a continuación.
Serán beneficiarios las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos específicos para cada línea de ayuda.
Línea I. Ayudas a la creación de nuevas empresas:
Requisitos
- Iniciar una actividad empresarial que conlleve la apertura de un centro de trabajo en el municipio.
- Creación de al menos un puesto de trabajo.
- El puesto del titular de la actividad o los puestos de los promotores en el caso de sociedades mercantiles y socios trabajadores en el caso de sociedades cooperativas o laborales.
- Incorporación de un trabajador en desempleo a tiempo completo.
- Incorporación de dos trabajadores con una jornada no inferior al 50% de la jornada de la empresa.
- Realizar una inversión de al menos diez mil euros dentro del periodo subvencionable.
Conceptos subvencionables
- Acondicionamiento de locales, oficinas, naves e instalaciones técnica.
- Adquisición de maquinaria y mobiliario
- Adquisición de equipos y programas informativos relacionados con la actividad empresarial o necesarios para las funciones administrativas o de producción.
- Webs y aplicaciones de comercio electrónico.
- Registros de marca, nombre y patentes.
- 50% de los gastos en concepto de traspaso de negocio.
- Gastos para la puesta en marcha de la actividad (Notarias, registros…)
Cuantía
La cuantía será del 50% de la inversión total subvencionable con un limite máximo de 7000€.
Línea II. Ayudas a la mejora y consolidación de empresas:
Requisitos
- Haber iniciado la actividad en el municipio con fecha anterior al 1 de octubre de 2018.
- Contar con una plantilla de al menos 2 trabajadores, Contaran los trabajadores contratados por cuenta ajena y los titulares de la actividad o promotores.
- Incremento o mantenimiento del nivel de empleo respecto a los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud.
- Realizar una inversión de al menos diez mil euros dentro del periodo subvencionable.
Conceptos subvencionables
- Acondicionamiento de locales, oficinas, naves e instalaciones técnica, como consecuencia de crear una nueva línea de producción o servicio.
- Adquisición de maquinaria y mobiliario.
- Webs y aplicaciones de comercio electrónico.
- Registros de marca, nombre y patentes.
- Inversión en la adecuación de los equipos de trabajo a las condiciones
de seguridad y salud laboral.
Cuantía
La cuantía será del 50% de la inversión total subvencionable con un limite máximo de 7000€.
– Línea III. Ayudas para la incorporación de herramientas digitales y de comercio electrónico.
Requisitos
- Haber iniciado la actividad en el municipio con fecha anterior al 1 de octubre de 2018.
- Incremento o mantenimiento del nivel de empleo respecto a los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud.
- Realizar una inversión de al menos 2500 mil euros dentro del periodo subvencionable.
Conceptos subvencionables
- Equipos informáticos y sistemas de impresión y/o digitalización de imagen para mejorar la gestión productiva y administrativa.
- Aplicaciones y programas de gestión, para la modernización y optimización de la actividad y gestión productiva y administrativa.
- Webs y herramientas software de comercio electrónico que incluyan la funcionalidad de venta online y la adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar dicha funcionalidad.
Cuantía
La cuantía será del 50% de la inversión total subvencionable con un limite máximo de 3000€.
Periodos subvencionables
Los gastos subvencionables de las tres líneas deberán ser realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019.
Periodo de solicitud
El plazo de solicitud esta fijado entre el 7 de marzo de 2019 al 30 de septiembre de 2019. Más información AQUÍ.