NUEVAS AYUDAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA

AYUDAS A LA CREACIÓN, MEJORA Y CONSOLIDACIÓN DE EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO DE HUESCA

El Ayuntamiento de Huesca a publicado y abierto el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas en tres líneas diferentes, las cuales vamos a explicar a continuación.

Serán beneficiarios las personas físicas y jurídicas que cumplan los requisitos específicos para cada línea de ayuda.

Línea I. Ayudas a la creación de nuevas empresas:

Requisitos

  • Iniciar una actividad empresarial que conlleve la apertura de un centro de trabajo en el municipio.
  • Creación de al menos un puesto de trabajo.
    • El puesto del titular de la actividad o los puestos de los promotores en el caso de sociedades mercantiles y socios trabajadores en el caso de sociedades cooperativas o laborales.
    • Incorporación de un trabajador en desempleo a tiempo completo.
    • Incorporación de dos trabajadores con una jornada no inferior al 50% de la jornada de la empresa.
  • Realizar una inversión de al menos diez mil euros dentro del periodo subvencionable.

Conceptos subvencionables

  • Acondicionamiento de locales, oficinas, naves e instalaciones técnica.
  • Adquisición de maquinaria y  mobiliario
  • Adquisición de equipos y programas informativos relacionados con la actividad empresarial o necesarios para las funciones administrativas o de producción.
  • Webs y aplicaciones de comercio electrónico.
  • Registros de marca, nombre y patentes.
  • 50% de los gastos en concepto de traspaso de negocio.
  • Gastos para la puesta en marcha de la actividad (Notarias, registros…)

Cuantía

La cuantía será del 50%  de la inversión total subvencionable con un limite máximo de 7000€.

Línea II. Ayudas a la mejora y consolidación de empresas:

Requisitos

  • Haber iniciado la actividad en el municipio con fecha anterior al 1 de octubre de 2018.
  • Contar con una plantilla de al menos 2 trabajadores, Contaran los trabajadores contratados por cuenta ajena y los titulares de la actividad o promotores.
  • Incremento o mantenimiento del nivel de empleo respecto a los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud.
  • Realizar una inversión de al menos diez mil euros dentro del periodo subvencionable.

Conceptos subvencionables

  • Acondicionamiento de locales, oficinas, naves e instalaciones técnica, como consecuencia de crear una nueva línea de producción o servicio.
  • Adquisición de maquinaria y  mobiliario.
  • Webs y aplicaciones de comercio electrónico.
  • Registros de marca, nombre y patentes.
  • Inversión en la adecuación de los equipos de trabajo a las condiciones
    de seguridad y salud laboral.

Cuantía

La cuantía será del 50%  de la inversión total subvencionable con un limite máximo de 7000€.

– Línea III. Ayudas para la incorporación de herramientas digitales y de comercio electrónico.

Requisitos

  • Haber iniciado la actividad en el municipio con fecha anterior al 1 de octubre de 2018.
  • Incremento o mantenimiento del nivel de empleo respecto a los 12 meses anteriores a la fecha de solicitud.
  • Realizar una inversión de al menos 2500 mil euros dentro del periodo subvencionable.

Conceptos subvencionables

  • Equipos informáticos y sistemas de impresión y/o digitalización de imagen para mejorar la gestión productiva y administrativa.
  • Aplicaciones y programas de gestión, para la modernización y optimización de la actividad y gestión productiva y administrativa.
  • Webs y herramientas software de comercio electrónico que incluyan la funcionalidad de venta online y la adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar dicha funcionalidad.

Cuantía

La cuantía será del 50%  de la inversión total subvencionable con un limite máximo de 3000€.

Periodos subvencionables

Los gastos subvencionables de las tres líneas deberán ser realizadas entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019.

Periodo de solicitud

El plazo de solicitud esta fijado entre el 7 de marzo de 2019 al 30 de septiembre de 2019. Más información AQUÍ.

 

 

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